Preguntas Frecuentes


En este apartado queremos ir añadiendo vuestras consultas más frecuentes sobre temas relacionados con el día a día en nuestro trabajo.

Tenéis a vuestra disposición los siguientes canales de comunicación con nosotros:
  •  Canal SITA en Telegram.
  •  Grupo propio en Facebook a través de mensajes privados: 
          SINDICATO INDEPENDIENTE TELEMARKETING ASTURIAS
  • Mensajes privados en Instagram sita_oest
  •  En Twitter @SITA_OEST
  • Cuentas de correo electrónico: 
           sindindependiente@gmail.com
           s.independiente@hotmail.com


¿Cuál es el horario del servicio médico en el centro de trabajo?

Lunes de 11:00 a 16:00 horas y miércoles de 09:00 a 18:00 horas.


¿Es obligatorio recuperar horas?

No, es totalmente VOLUNTARIO y será el trabajador/a quien solicitará la recuperación a la empresa.


¿Tengo derecho a días por ingreso de un familiar cercano?

Puedes consultar todos los permisos en el siguiente enlace y en caso de duda dirigirte a nosotros personalmente, estamos todos los lunes en el local sindical A y el resto del tiempo en nuestro puesto de trabajo.


Si utilizo el Plan Flex ¿la empresa está obligada a conceder el día solicitado?

Se tendrá en cuenta si la ausencia está dentro de los supuestos incluidos en el Plan Flex y se cumplen los requisitos para recuperar las horas.

Fuera de estos supuestos, se tratarán de manera individual. 

Puedes consultar el Plan Flex en el siguiente enlace y, en caso de duda, consulta con nosotros a través de nuestros canales de comunicación o personalmente.


¿Cuáles son los plazos de entrega de los partes de baja, confirmación y alta médica?

A partir del 1 de abril de 2023 la persona que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora tan sólo su copia del mismo (ejemplar para el trabajador/a).

Será el Servicio Público de Salud o la mutua quien remita los partes médicos de baja, confirmación o alta al INSS por vía telemática.

Las empresas podrán consultar los datos de estos partes a través del Fichero INSS Empresas.

Es importante señalar, que al margen de la comunicación que se realiza a las empresas de los procesos de incapacidad temporal por parte del INSS, es responsabilidad de cada empleado/a informar de la situación de baja y alta médica al área de Administración de Recursos Humanos por alguna de las siguientes vías:
  • Remitiendo un mail a gestiondeausencias.oest@es.orange.com 
  • Contactando a través del teléfono de recepción 984 04 56 53 
  • Contactando a través de los teléfonos de guardia del departamento (ver Agenda OEST).

Puedes ampliar la información pulsando el siguiente enlace: Bajas por enfermedad y accidentes.


¿Es obligatorio apuntarse al Plan de Trabajo Flexible?

NO, según el acuerdo colectivo firmado el 17 de marzo de 2023 en OEST entre la Empresa y el Comité de Empresa, es VOLUNTARIO para todas las personas trabajadoras.

Te resumimos alguno de los puntos más importantes:

  • Es un modelo voluntario y reversible para ambas partes. 
  • Se establecen diferentes tramos de antigüedad en la empresa para poder acceder, de manera gradual, a las diferentes opciones de teletrabajo. 
  • Dispones de 5 días naturales al mes de teletrabajo ordinario, con el límite de 15 días naturales al trimestre que son acumulables dentro de cada período trimestral. 
  • Se establece un plan de teletrabajo ordinario mejorado para las personas trabajadoras que tengan un turno partido con 2 horas de descanso entre franjas. Este turno requiere de una mayor disponibilidad, se adecúa a las necesidades operativas actuales del centro y con esta medida se pretende facilitar la conciliación entre la vida personal y la laboral de este colectivo. 
  • Festivos nacionales, sábados y domingos planificados de teletrabajo adicional. 
  • Libre elección de los días/semanas a través de un sistema de vacantes. 

Además, podrás prestar servicios en remoto ante la existencia de alguna de las situaciones extraordinarias, excepcionales, ocasionales y/o imprevisibles establecidas:

  • 12 días de teletrabajo ocasional a lo largo del año que deben ser planificados con 24 horas de antelación. 
  • Se crea una bolsa extra adicional con 14 días de teletrabajo excepcional a lo largo del año, referida expresamente a favorecer las necesidades de conciliación y/o cualquier otra circunstancia sobrevenida, extraordinaria o imprevisible de la persona trabajadora. 
  • 4 días laborales en supuestos de fallecimiento de familiares. 
  • 4 días laborales en supuestos de accidente, enfermedad grave, hospitalización, o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de pariente hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. 
  • Posibilidad de prestar servicios en remoto el día la asistencia a las consultas médicas programadas de la seguridad social y/o acompañar a las consultas médicas de la seguridad social a los hijos-as menores de 12 años a cargo, o ascendientes mayores de 65 años. De esta manera, se podrá teletrabajar en el resto de la jornada que no se esté ausente a consecuencia de la asistencia a la consulta, siempre que medie preaviso. Esta opción también aplica de manera provisional revisable por parte de la empresa a las consultas de medicina privada. 
  • Por último, aquellos supuestos vinculados a la maternidad y paternidad, incluyendo situaciones de violencia de género, tendrán una regulación excepcional asociada a la prestación de servicios bajo la modalidad de teletrabajo.

Puedes ampliar la información pulsando el siguiente enlace: Trabajo Flexible OEST.


¿Modalidades de teletrabajo excepcional por maternidad y paternidad?


  • Trabajadoras embarazadas, si estás embarazada puedes solicitar el 100% de teletrabajo a partir de la semana 24 de gestación.
           ¿Cómo solicitarlo?

           Envía email a lauramanzano.oest@masorange.es indicando id de empleado, que solicitas teletrabajo por embarazo y justificación de las semanas de gestación (cartilla de embarazo, informe matrona...).

  • Maternidades/paternidades, si tu hijo/a es menor de 18 meses, podrás teletrabajar 5 días más al mes. Si perteneces al colectivo de agente los disfrutarás en semanas completas y si perteneces al de estructura en días sueltos).
          ¿Cómo solicitarlo?

           Envía mail a recursoshumanos.oest@es.orange.com indicando id de empleado, fecha de nacimiento de tu hijo/a y días que quieres solicitar teletrabajo por maternidad/paternidad.

Para cualquier duda, puedes ponerte en contacto con RRHH a través del siguiente email:
recursoshumanos.oest@es.orange.com



¿En qué consiste el permiso de horas médicas para acompañamiento de familiar?

Con la finalidad de fomentar la conciliación de la vida familiar, personal y laboral, en el marco de negociación del II Plan de Igualdad de OEST, se ha acordado la siguiente medida que será efectiva a partir de 1 de junio de 2023:  

Las personas trabajadoras podrán utilizar las horas a las que se refiere el permiso retribuido contemplado en el artículo 30.2 del III Convenio Colectivo de Contact Center para el acompañamiento a consultas médicas de la Seguridad Social de hijos/as menores de hasta 12 años a su cargo o ascendientes mayores de 65 años.  

Si la persona se excediese de las 35 horas anuales previstas en el CC Contact Center (ya sea para la asistencia por el tiempo indispensable a consultas propias o de acompañamiento), las horas adicionales pasarán a ser un permiso no retribuido, siempre que exista la oportuna justificación y preaviso.  

Para que pueda devengarse el derecho aquí contemplado, el horario de la consulta de la Seguridad Social debe de coincidir con el horario laboral de la persona trabajadora.  

Asimismo, el permiso de acompañamiento incluido dentro del crédito horario del artículo 30.2 del Convenio Colectivo, será en todo caso por el tiempo imprescindible con el límite máximo de 4 horas diarias.  

En el año 2023, esta nueva medida aplicará sobre el crédito de horas de permiso retribuido no utilizadas hasta la fecha.


¿Cómo se comunica una ausencia?

• Recuerda preavisar siempre a tu responsable para que pueda organizar el trabajo durante el tiempo de tu ausencia. Ante la falta de preaviso, el personal de estructura puede contactar contigo.  (ver Agenda OEST).

• Los permisos deben ser justificados documentalmente en el plazo de 24 horas desde que se producen o el primer día laborable en caso de que ésta coincida con el inicio del descanso semanal.

• El justificante se enviará al siguiente buzón: gestiondeausencias.oest@es.orange.com

• En los casos en que la ausencia al trabajo se prolongue varios días, es necesario preavisar de la fecha de reincorporación a Recursos Humanos (teléfono de recepción 984 04 56 53).

Puedes ampliar la información pulsando el siguiente enlace: Comunicación de ausencias y permisos.