BORRADOR ACUERDO DE RENOVACIÓN DE AMPLIACIÓN DE BANDAS HORARIAS, PLAN DE VARIABLE JUNTOS HACEMOS + Y BENEFICIOS SOCIALES, ENTRE LA EMPRESA Y EL COMITÉ DE EMPRESA DE ORANGE ESPAÑA SERVICIOS DE TELEMARKETING S.A.U. EN EL CENTRO DE TRABAJO DE OVIEDO (Polígono del Espíritu Santo).
En Oviedo, a XX de diciembre de 2014
Reunidos,
De una parte xxxxxxxxxxxxx con DNI núm.:xxxxxxxxxxxxx en calidad de Representante Legal de Orange España Servicios de Telemarketing S.A.U (en adelante OEST) y de otra parte Doña.xxxxxxxxx con DNI núm. xxxxxxxx en calidad de Presidenta del Comité de Empresa y D. xxxxxxxx con DNI núm.xxxxxxxx en calidad de Secretario del Comité de Empresa, en el centro de trabajo de OEST de Oviedo, sito en la Calle Dinamarca N° 8, Polígono del Espíritu Santo.
Ambas partes se reconocen con la capacidad negociadora suficiente, al amparo de lo previsto en la legislación vigente.
1. Entrada en vigor
El presente Acuerdo entrará en vigor en día 01 de enero de 2015.
2. Objetivos Genéricos
Con fecha 10 de enero 2013, ambas partes, firmaron un acuerdo por el cual se estableció, de manera conjunta e indivisible, las siguientes cuestiones: una determinada ampliación de bandas horarias (de conformidad con lo establecido en el artículo 26 Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de contact center 2010-2014), un plan formalizado de retribución variable para todo el personal de operaciones y una serie de beneficios sociales denominados "Tráfico telefónico", "Seguro de vida y accidentes" y "Canastilla", La fecha prevista de finalización se encuentra fijada para el 31 de diciembre de 2014.
El presente acuerdo renueva las mismas condiciones de ampliación de las bandas horarias, mantiene un plan normalizado de variable para todo el personal de operaciones de OEST y mejora los beneficios sociales existentes.
3. Ampliación de bandas horarias
Que el artículo 26 del vigente Convenio Colectivo estatal para el sector de Contact Center establece que por acuerdo colectivo con la representación legal de los trabajadores, que constará por escrito, podrán ampliarse las bandas horarias establecidas.
En virtud de dicho precepto, es voluntad de las partes ampliar las bandas horarias fijadas en el convenio colectivo de referencia, en los siguientes términos:
a. Para todo el personal de operaciones de OEST cuyo contrato de trabajo se inicie con una fecha posterior al día 1 de Julio de 2012, se ampliarán las bandas horarias establecidas en el convenio, de la siguiente manera:
i. Turno de mañana: Se amplía en dos horas la salida en el turno de la mañana, pasando la hora máxima de salida a las 18:00 horas. Por lo tanto, la banda queda fijada entre las 07:00 y las 18:00 horas.
ii. Turno de tarde: Se amplía en dos horas la entrada en el turno de la tarde, pasando la hora máxima de entrada a las 13:00 horas. Por tanto, la banda queda fijada, entre las 13:00 y las 00:00 horas.
iii. Turno partido: Se amplía en dos horas la salida en el turno partido, pasando la hora máxima de salida a las 22:00 horas. Por tanto, la banda queda fijada entre las 09:00 y las 22:00 horas.
En conformidad con lo fijado en el presente Convenio Colectivo, en este turno no podrá mediar entre el final de la primera parte y el principio de la segunda, mas de dos horas, sin perjuicio de acuerdo, individual y colectivo entre empresas y trabajadores. Se recomienda, no obstante, que este tiempo máximo se acorte. En esto se estará a lo que en cada momento regule el convenio colectivo estatal para el sector de Contact Center.
Tal y como se recoge en el Convenio Colectivo, dentro de estas nuevas bandas, la empresa podrá variar los horarios, preavisando al trabajador por escrito con siete días de antelación.
b. Mediante este acuerdo quedan legalizados los horarios de trabajadores-as que mediante acuerdo individual vinieran prestando servicios en horarios fuera de las bandas establecidas en el vigente convenio, cualesquiera que fuera la fecha de inicio de su relación laboral.
c. Se acuerda que, el resto de trabajadores que voluntariamente así lo acuerden, puedan adscribirse a las bandas ampliadas.
A los trabajadores incluidos en este colectivo (ap. 3.C) se les establece una CLÁUSULA DE GARANTÍA según la cual la empresa no podrá variar sus horarios pactados a la fecha de firma de este acuerdo sin .perjuicio de que por necesidades organizativas la empresa pueda reorganizar los mismos dentro de las bandas horarias de convenio y con los preavisos legales establecidos en el mismo.
3. Plan de variable Juntos Hacemos +
Que la compañía continuará aplicando un plan de variable mensual para todo el personal de Operaciones que preste servicios como teleoperador, teleoperador especialista, gestor, coordinador y supervisor (se anexa documento).
Dicho plan será definido por la Dirección de la compañía de acuerdo con las necesidades existentes en cada momento, dando traslado a la Representación Legal de los Trabajadores de cualquier cambio o modificación.
El contenido del Plan vigente se incluye en el Anexo 1.
4. Beneficios Sociales
Los empleados de OEST seguirán contando con los siguientes beneficios sociales:
1) Tráfico telefónico: Se ofrece la posibilidad de disfrutar de una bonificación mensual de 30,05 euros (impuestos indirectos no incluidos) en una línea Orange cuya titularidad sea del empleado/a, excluyéndose la bonificación en un contrato de empresa, autónomo o equivalente.
La empresa excepcionalmente asume el impacto fiscal derivado de esta línea de tráfico telefónico.
2) Seguro de vida y accidentes: Se ofrece la posibilidad de un seguro de vida y accidentes en caso de fallecimiento o incapacidad permanente absoluta el empleado/a o sus beneficiarios,
quienes percibirán el equivalente a una anualidad de su salario fijo bruto anual. Las exclusiones así como las condiciones de adhesión del seguro serán las fijadas en la póliza suscrita por la Empresa de las cuales se facilitará información a los empleados.
3) Canastilla: la recibirán los empleados/as en caso de nacimiento o adopción de un hijo o hija.
Para acceder a los beneficios sociales será necesario tener una antigüedad mínima de 6 meses en la compañía.
La empresa pondrá a disposición del empleado/a los procedimientos a seguir para cada uno de los casos, a través del portal del empleado/a " Vive Orange OEST" con el fin de gestionar dichas solicitudes.
7. Vigencia
El presente Acuerdo, que no constituye derecho adquirido alguno, entrará en vigor el 1 de enero de 2015 y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016. A estos efectos, se establece que cualquiera de las partes podrá denunciar la finalización de la vigencia del. presente acuerdo desde 3 meses antes de la finalización de la vigencia del mismo a los efectos de comenzar las negociaciones para un nuevo acuerdo.
Por otro lado, y de no existir denuncia previa al respecto antes del 1 de octubre de 2016, este se entenderá prorrogado por un año más. Asimismo, y en años sucesivos, de mantener el acuerdo su vigencia prorrogada de conformidad con lo dispuesto anteriormente, y ante la falta de denuncia del mismo en los plazos establecidos, el acuerdo se entenderá prorrogado de año en año.
El presente acuerdo, pese a la existencia de negociaciones en curso, una vez haya sido denunciado por cualquiera de las partes, en los plazos establecidos en el párrafo anterior, perderá su vigencia a 31 de diciembre del año correspondiente.
La totalidad del contenido detallado en el presente acuerdo se entenderá como un todo indivisible, de manera que la totalidad de condiciones establecidas en el mismo resultan de un único acuerdo común a todas ellas.
Firmado:
Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Representante de Orange España Servicios de Telemarketing S.A.U.
Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Presidenta del Comité de Empresa OEST Oviedo (Espíritu Santo)
Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Secretario del Comité de Empresa (Espíritu Santo)
Anexo 1: Plan de variable Operaciones Juntos hacemos+
El personal de Operaciones de OEST seguirá contando a partir del día 1 de enero de 2015 con un Plan de variable, con las siguientes características:
1) Destinatarios: podrá participar en el plan todo el personal de Operaciones de OEST con categoría teleoperador, teleoperador especialista, gestor, coordinador y supervisor.
2) Premisas de acceso al plan: para acceder al plan, es necesario cumplir con los siguientes requisitos de entrada:
* Requisitos generales
- Tener contrato en vigor en el momento de percibir el variable
- No haber sido objeto de sanción disciplinaria en el mes de generación del variable
- No haber realizado un uso fraudulento de los procedimientos
- 95% de horas trabajadas sobre las planificadas en el mes de generación del variable. . Los siguientes permisos no se computan a efectos de este porcentaje:
+ Art 28.1 a) : permiso por matrimonio propio.
+ Art 28.1.b): permiso por nacimiento de hijo.
+ Art. 28.1 c): permiso por hospitalización del propio trabajador (es decir, no se excluye la de parientes)- exclusión parcial
+ Art. 28.1d): permiso por fallecimiento de cónyuge, padres, padres políticos, hijos y hermanos exclusivamente (es decir, no se excluyen las del resto de parientes que aparecen en el citado artículo)- exclusión parcial
+ Horas sindicales.
- Resultado mínimo del departamento: 80%
* Métricas de servicio
- Lanzamiento de encuestas mínimo
- Llamadas mínimas atendidas
- Otros mínimos
3) Indicadores: se establece un único indicador para medir el resultado individual en cada servicio:
- Satisfacción, en los servicios de atención al cliente (Tu Experto y Tranquilidad)
- Ratio comercial, en los servicios comerciales (Portabilidad, Retención, Upselling,
Fidelización, Migraciones)
Adicionalmente, cada mes se establecen uno o varios indicadores que actúan como aceleradores, incrementando la retribución variable.
4) La Representación legal de los trabajadores recibirá trimestralmente relación de los variables percibidos por cada trabajador.
Plan de variable para agentes
a) Grado de consecución: el plan de variable se basa en la división del personal en 3 grupos, dependiendo del resultado individual mensual comparado con el del grupo.
- el 20 % superior percibe variable
- el 65% medio percibe variable
- el 15% inferior no percibe variable
b) Cuantía del variable: el variable consiste en un porcentaje del salario base, que varía en función del grado de consecución y del servicio, de acuerdo con la siguiente tabla:
En el caso de empleados que hayan trabajado en más de un servicio durante el mes, se percibirá el variable correspondiente al servicio donde se haya trabajado más tiempo.
Plan de variable para coordinación y supervisión
a) Grado de consecución: se basa en el grado de cumplimiento del equipo de agentes asignado, estableciéndose 3 grupos:
- Equipo alcanza el 120% del objetivo: se percibe variable
- Equipo alcanza el 100% del objetivo: se percibe variable
- Equipo alcanza menos del 100% del objetivo: no se percibe variable
b) Cuantía del variable: el variable consiste en un porcentaje del salario base, que varía en función del grado de consecución y del servicio, de acuerdo con la siguiente tabla: