Preguntas Frecuentes


En este apartado queremos ir añadiendo vuestras consultas más frecuentes sobre temas relacionados con el día a día en nuestro trabajo.

Tenéis a vuestra disposición los siguientes canales de comunicación con nosotros:
  • APP SITA (se descarga desde Play Store escribiendo en la búsqueda sitav1) en la opción “Consulta Dudas”.
  •  Canal SITA en Telegram.
  •  Grupo propio en Facebook a través de mensajes privados: 
          SINDICATO INDEPENDIENTE TELEMARKETING ASTURIAS
  • Mensajes privados en Instagram sita_oest
  •  En Twitter @SITA_OEST
  • Cuentas de correo electrónico: 
           sindindependiente@gmail.com
           s.independiente@hotmail.com


¿Cuál es el horario del servicio médico en el centro de trabajo?

Lunes de 11:00 a 16:00 horas y miércoles de 09:00 a 18:00 horas.


¿Es obligatorio recuperar horas?

No, es totalmente VOLUNTARIO y será el trabajador/a quien solicitará la recuperación a la empresa.


¿Tengo derecho a días por ingreso de un familiar cercano?

Puedes consultar todos los permisos en el siguiente enlace y en caso de duda dirigirte a nosotros personalmente, estamos todos los lunes en el local sindical A y el resto del tiempo en nuestro puesto de trabajo.


Si utilizo el Plan Flex ¿la empresa está obligada a conceder el día solicitado?

Se tendrá en cuenta si la ausencia está dentro de los supuestos incluidos en el Plan Flex y se cumplen los requisitos para recuperar las horas.

Fuera de estos supuestos, se tratarán de manera individual. 

Puedes consultar el Plan Flex en el siguiente enlace y, en caso de duda, consulta con nosotros a través de nuestros canales de comunicación o personalmente.


¿Cuáles son los plazos de entrega de los partes de baja, confirmación y alta médica?

A partir del 1 de abril de 2023 la persona que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora tan sólo su copia del mismo (ejemplar para el trabajador/a).

Será el Servicio Público de Salud o la mutua quien remita los partes médicos de baja, confirmación o alta al INSS por vía telemática.

Las empresas podrán consultar los datos de estos partes a través del Fichero INSS Empresas.

En aquellos casos, en los que se entregue en papel el ejemplar para la empresa del parte médico de baja, confirmación o alta a la persona trabajadora, tendrá que enviar foto del mismo cumpliendo los plazos de entrega siguientes:



Puedes ampliar la información pulsando el siguiente enlace: Bajas por enfermedad y accidentes.


¿Es obligatorio apuntarse al Plan de Trabajo Flexible?

NO, según el acuerdo colectivo firmado el 17 de marzo de 2023 en OEST entre la Empresa y el Comité de Empresa, es VOLUNTARIO para todas las personas trabajadoras.

Te resumimos alguno de los puntos más importantes:

 • Es un modelo voluntario y reversible para ambas partes.
 • Será necesario tener una antigüedad mínima de seis meses.
 • Dispones de 5 días naturales al mes, con el límite de 15 días naturales al trimestre.
 • Festivos nacionales, sábados y domingos planificados de teletrabajo adicional.
 • Durante el trimestre correspondiente a los meses de julio (5 días), agosto (5 días) y septiembre (5 días) podrás acumular los 3 períodos de teletrabajo y disfrutarlos de manera continuada.
 • Libre elección de los días/semanas a través de un sistema de vacantes.

Puedes ampliar la información pulsando el siguiente enlace: Trabajo Flexible OEST.


¿Modalidades de teletrabajo ocasional y excepcional?

Con motivo de mejorar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, podrás solicitar teletrabajo en las siguientes situaciones:

- 8 días ocasionales a lo largo del año para atender a aquellas circunstancias personales, extraordinarias e imprevisibles que puedan surgir.

¿Cómo solicitarlo?

Podrás solicitarlos a través de la aplicación de Trabajo Flexible alojada en HOW, con una antelación de 24 horas, si no pudieras preavisar con esa antelación dirígete a tu responsable para que se gestione desde RRHH.

- Fallecimiento u hospitalización de familiares de hasta segundo grado de consanguineidad, podrás solicitar teletrabajar 4 días laborales y continuados, dentro de los diez primeros días contados a partir del hecho causante.

¿Cómo solicitarlo?

Para solicitarlos envía un correo electrónico a gestiondeausencias.oest@orange.com indicando id de empleado/a, días que solicitas el teletrabajo y recuerda adjuntar el justificante y el libro de familia (en caso de que nunca lo hayas aportado).

- Consultas médicas pre-avisadas, aquellos días en los que tengas cita médica de la seguridad social, podrás teletrabajar el resto de la jornada preavisando con 24 horas de antelación.

¿Cómo solicitarlo?

Avisa con antelación a tu responsable directo y una vez hayas ido al médico recuerda enviar el justificante a gestiondeausencias.oest@orange.com indicando tu número de empleado/a y que has teletrabajado ese día.

- Trabajadoras embarazadas, si estás embarazada puedes solicitar el 100% de teletrabajo a partir de la semana 24 de gestación.

¿Cómo solicitarlo?

Envía email a luciallano.oest@orange.com indicando id de empleado, que solicitas teletrabajo por embarazo y justificación de las semanas de gestación (cartilla de embarazo, informe matrona...).

- Maternidades/paternidades, si tu hijo/a es menor de 18 meses, podrás teletrabajar 5 días más al mes. Si perteneces al colectivo de agente los disfrutarás en semanas completas y si perteneces al de estructura en días sueltos).

¿Cómo solicitarlo?

Envía mail a recursoshumanos.oest@es.orange.com indicando id de empleado, fecha de nacimiento de tu hijo/a y días que quieres solicitar teletrabajo por maternidad/paternidad.

Puedes ampliar la información pulsando el siguiente enlace: Modalidades de teletrabajo ocasional y excepcional.


¿En qué consiste el permiso de horas médicas para acompañamiento de familiar?

Con la finalidad de fomentar la conciliación de la vida familiar, personal y laboral, en el marco de negociación del II Plan de Igualdad de OEST, se ha acordado la siguiente medida que será efectiva a partir de 1 de junio de 2023:  

Las personas trabajadoras podrán utilizar las horas a las que se refiere el permiso retribuido contemplado en el artículo 30.2 del III Convenio Colectivo de Contact Center para el acompañamiento a consultas médicas de la Seguridad Social de hijos/as menores de hasta 12 años a su cargo o ascendientes mayores de 65 años.  

Si la persona se excediese de las 35 horas anuales previstas en el CC Contact Center (ya sea para la asistencia por el tiempo indispensable a consultas propias o de acompañamiento), las horas adicionales pasarán a ser un permiso no retribuido, siempre que exista la oportuna justificación y preaviso.  

Para que pueda devengarse el derecho aquí contemplado, el horario de la consulta de la Seguridad Social debe de coincidir con el horario laboral de la persona trabajadora.  

Asimismo, el permiso de acompañamiento incluido dentro del crédito horario del artículo 30.2 del Convenio Colectivo, será en todo caso por el tiempo imprescindible con el límite máximo de 4 horas diarias.  

En el año 2023, esta nueva medida aplicará sobre el crédito de horas de permiso retribuido no utilizadas hasta la fecha.


¿Cómo se comunica una ausencia?

• Recuerda preavisar siempre a tu responsable para que pueda organizar el trabajo durante el tiempo de tu ausencia. Ante la falta de preaviso, el personal de estructura puede contactar contigo.

• Los permisos deben ser justificados documentalmente en el plazo de 24 horas desde que se producen o el primer día laborable en caso de que ésta coincida con el inicio del descanso semanal.

• El justificante se enviará al siguiente buzón: gestiondeausencias.oest@orange.com

• En los casos en que la ausencia al trabajo se prolongue varios días, es necesario preavisar de la fecha de reincorporación a Recursos Humanos (teléfono de recepción 984045653).

Puedes ampliar la información pulsando el siguiente enlace: Comunicación de ausencias y permisos.